Tarifas

Conoce las tarifas están pensadas para ofrecerte un servicio de calidad a un precio justo y sin sorpresas.

Tarifa 1

  • Bajada de bandera 3,35 €
  • Km urbano recorrido €/km 0,96 €
  • Hora de espera €/hora 20,03 €


Tarifa 2

Se aplicará a sábados, domingos, festivos y nocturnidad (21:00h a 7:00h)

  • Bajada de bandera 4,00 €
  • Km urbano recorrido €/km 1,08 €
  • Hora de espera €/hora 24,30 €


Suplemento tarifario con origen

  • Parques Terra Mítica y Terra Natura 2,23 €
  • Suplemento nochebuena y nochevieja 2,49 €


Suplemento tarifario

  • Vehículo con más de 4 pasajeros 3,00 €

Tarifas interurbanas

Tarifa ordinaria

  • Precio por km recorrido o fracción 1,37 €
  • Precio por hora de espera 17,91 €
  • Se computará por fracciones de 15 min 4,47 € cada fracción.

Tarifa especial

Para servicios nocturnos, domingos y festivos de ámbito nacional, autonómico y local.

  • Precio por km recorrido o fracción 1,59 €
  • Precio por hora de espera 20,17 €
  • Se computará por fracciones de 15 min 5,04 € cada fracción.

A tener en cuenta

  • En ningún caso se cobrarán los retornos.
  • La bajada de bandera a percibir será la del municipio o área de prestación conjunta en la que se inicie el servicio. Cuando esta no exista se aplicará, por defecto, la siguiente:

 

Horario diurno: 1,45 €
Horario nocturno y festivos: 2,00 €

  • Los servicios se contratarán por la capacidad del vehículo.
  • La tarifa especial se aplicará a los servicios nocturnos que se presten entre las 21:00 horas y las 07:00 horas en días laborables incluidos los sábados. Así como a los servicios que se presten desde las 00:00 horas hasta las 24:00 horas en domingos y festivos de ámbito nacional, autonómico y local.
  • Las cantidades expresadas incluyen impuestos y tienen el carácter de máximas, pudiendo disminuirse de mutuo acuerdo, a excepción de la bajada de bandera que será obligatoria.
  • La persona que haga uso del servicio tendrá derecho al transporte gratuito de su equipaje.
  • Correrá a cargo del usuario/a, el pago del peaje a que está sometido el uso de una vía. Si el usuario/a opta por realizar viaje de retorno al punto de origen, sólo será exigible el pago del peaje si no existiese un itinerario alternativo por una vía no sometida a peaje de kilometraje similar al del viaje de ida.
  • Si el servicio se inicia en puerto, aeropuerto o estación ferroviaria de alta velocidad, podrán aplicarse como suplementos los que estén establecidos en las tarifas urbanas del correspondiente ámbito funcional.
  • El/la conductor/a del vehículo ofrecerá al usuario/a la posibilidad de entregarle un recibo.
  • El/la usuario/a podrá abonar la tarifa en metálico o con tarjeta de crédito o débito. Los conductores/as deberán disponer de efectivo suficiente para facilitar cambio hasta el importe de 50 euros.